SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0159/2014-S2
Fecha: 20-Nov-2014
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso, a la defensa, la seguridad jurídica, jerarquía normativa, puesto que en la audiencia de consideración de aplicación de medidas cautelares de 16 de abril de 2014, oportunidad en la que se habría presentado la recusación, con las pruebas correspondientes, la que fue rechazada in limine por la Jueza Doceava de Instrucción en lo Penal, procediendo a instalar la audiencia y designarle defensa técnica a María de los Ángeles Unzueta, quien sin conocer la causa permitió que prosiga la audiencia, sin que hubiera pedido un cuarto intermedio para hacerse de sus descargos, dejándole en total indefensión, por lo que la Jueza ahora demandada dispuso su detención, Resolución que fue apelada en audiencia, sin que se haya remitido los antecedentes ante el Tribunal Departamental de Justicia en el plazo de ley, aspecto que a su entender del accionante vulnera sus derechos supra mencionados.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concede
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la finalidad y los alcances de la acción de libertad
- III.2. La inviolabilidad de la defensa y el derecho a contar con un abogado de confianza o libre elección
- III.3. Análisis del caso concreto
- concedido
- CONFIRMAR en todo