SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0161/2014-S2
Fecha: 20-Nov-2014
i)
En audiencia, la parte accionante ratificó inextenso los términos expuestos en su memorial de acción de amparo constitucional, y ampliaron la misma, con los siguientes fundamentos: i) Aducen que los requisitos para plantear el recurso de casación han sido cambiados por la nueva Constitución Política del Estado, haciendo referencia a los cinco puntos que en su criterio modularon los requisitos, por lo que la respuesta a la nota de 2 de agosto de 2103, era obligación dar una respuesta clara y precisa e indicar a qué autoridad se debe recurrir, sin que en este caso se haya especificado este aspecto; ii) Con relación al plazo tenían tres días para responder a la nota conforme el Reglamento Interno, aspecto que no sucedió en el presente caso, pues no hubo una respuesta positiva o negativa dentro del plazo razonable, a ninguna de las tres últimas notas presentadas, pues desde el primer memorial de 30 de septiembre de 2103, han transcurrido siete meses y ocho días; y, iii) De no tutelarse el derecho a la petición se podría afectar otros derechos como al debido proceso, al trabajo, a la propiedad privada, pues la construcción del muro perimetral afectaría directamente. En uso de la réplica sostuvieron que no es necesario agotar las instancias, para acceder al derecho a la petición.