SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0176/2014-S2
Fecha: 24-Nov-2014
conceden
Los Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituido en Tribunal de Garantías pronunció la Resolución de 1 de abril de 2014, cursante de fs. 45 vta. a 48, por la cual conceden la tutela solicitada, en base a los siguientes fundamentos: i) De la acción de libertad presentada por Danitza Dina Dorado Gonzales y Emiliana Sorayde Rivera contra la Jueza Doceava de Instrucción en lo Penal, se evidencia que hay dos situaciones primero, la Jueza a quo que declaró probado un incidente presentado por el co-imputado Wilfredo Llampa Cayoja anulando obrados hasta su citación, dispone que se repita este acto y se lo cite conforme a derecho, es decir, no incluye el efecto extensivo con relación a los otros coimputados pues la denuncia persiste; ii) Por otra parte, no se puede soslayar que se actuó como Tribunal de Alzada dictando el Auto de Vista de 17 de septiembre de 2013, donde se dispuso que se repita la audiencia de medidas cautelares y se resuelva la situación jurídica de todos los imputados, dando un plazo de tres días al Juez Décimo de Instrucción en lo Penal, y por la serie de recusaciones transcurrieron siete meses, sin que se resuelva la situación jurídica; iii) Que, el Juez que debió resolver esta situación solo resolvió el incidente de Wilfredo Llampa Cayoja, anulando la imputación y ordenando una nueva citación, sin resolver la situación jurídica de los demás coimputados, cuando la Resolución que ordena la detención preventiva no puede de manera indefinida mantener esta situación, por lo que corresponde restituir el derecho a la libertad, más allá de la autoría de los delitos denunciados y los riesgos procesales.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- conceden
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la tutela al debido proceso a través de la acción de libertad
- III.2. Naturaleza jurídica de las medidas cautelares y el carácter individual de las mismas cuando existe pluralidad de imputados
- Cuando en una causa existan coimputados, el recurso interpuesto por uno de ellos, favorecerá a los demás, a menos que los motivos en que se base sean exclusivamente personales
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR