Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0203/2014-S3
Fecha: 25-Nov-2014
Fragmento 13
El accionante, a través de su representante denuncia la indebida dilación en que incurrieron los Vocales y Secretaria de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro −ahora demandados−, al no haber remitido luego de treinta y tres días el testimonio de apelación que resolvió el rechazo de una primera solicitud de cesación a la detención preventiva, cuyo contenido requiere ser conocido por el Juez a quo, para resolver su nueva solicitud de cesación a la detención preventiva, siendo que a la fecha de presentación de esta acción se han suspendido dos audiencias por este motivo.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho. Jurisprudencia reiterada
- Fragmento 13
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte