Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0316/2014-RCA
Fecha: 04-Dic-2014
iv)
iv) De la relación de hechos descritos en el memorial de demanda, se puede colegir que el accionante expresó de manera clara y razonable, la probable vulneración de sus derechos por el Auto interlocutorio que dispuso la prescripción observada, así como la falta de consideración en la Resolución indicada de los argumentos que expuso a tiempo de contestar la misma, inherentes a la naturaleza jurídica del delito imputado, que al ser permanente repercutiría en la procedencia de la prescripción dispuesta por el Juez de la causa y que, como señala, no fueron considerados por el Tribunal de apelación;