Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0441/2014-CA
Fecha: 04-Dic-2014
Presidente Ejecutivo de la Corporación Minera de Bolivia (COMIBOL)
En consulta la Resolución Administrativa (RA) PE-1113/2014 de 17 de noviembre, cursante de fs. 54 a 63, pronunciada por el Presidente Ejecutivo de la Corporación Minera de Bolivia (COMIBOL), por la que rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta, interpuesta por Xiangjun Wang, en representación legal de la empresa “HENAN YUGUANG INTERNATIONAL ECONOMIC & TECHNICAL COOPERATION CORP. LTD.”, demandando la inconstitucionalidad del art. 95.II y III del Decreto Supremo (DS) 0181 de 28 de junio de 2009, por ser presuntamente contrario a los arts. 13.IV, 14, 115, 117.I, 119 y 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Presidente Ejecutivo de la Corporación Minera de Bolivia (COMIBOL)
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- 4. En las acciones de inconstitucionalidad, la identificación de la disposición legal y las normas impugnadas, así como las normas constitucionales que se consideren infringidas, formulando con claridad los motivos por los que la norma impugnada es contraria a la Constitución Política del Estado
- II.3. La debida fundamentación como requisito de admisión de las demandas de acción de inconstitucionalidad
- II.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR