Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0251/2014
Fecha: 19-Dic-2014
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
La parte accionante, a tiempo de ratificar lo expuesto en la demanda de acción de libertad, adujo que la persona que responde al nombre de Nory Huamani Herrera, no se encontraba con los ahora accionantes a momento de su detención y que es una artimaña de los funcionarios de Interpol asociarlos a ésta con el afán de hacerlos partícipes de delitos que no cometieron, toda vez que ni siquiera la conocen.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. Formalidades legales que deben cumplirse para dar curso con el arresto
- medida cautelar de carácter personal preventivo por tiempo limitado y con un fin específico
- III.3. Sobre el acceso directo a la justicia constitucional en casos no vinculados a la comisión de un delito
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en todo