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    AUTO CONSTITUCIONAL 0040/2014-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0040/2014-RCA

    Fecha: 14-Feb-2014

    II.1.  Marco normativo constitucional y legal

    El art. 128 de la CPE, establece que: “La Acción de Amparo Constitucional tendrá lugar contra actos u omisiones ilegales o indebidos de los servidores públicos, o de persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la Constitución y la ley”.

    • I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
    • I.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
    • I.3. Petitorio
    • improcedente
    • II.1.  Marco normativo constitucional y legal
    • interponerse en el plazo máximo de seis meses, computable a partir de la comisión de la vulneración alegada o de notificada la última decisión administrativa o judicial
    • II.2.  Análisis del caso en revisión
    • II.3. Cumplimiento de los requisitos de admisión

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