Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0050/2014-RCA
Fecha: 25-Feb-2014
II.2. Análisis del caso concreto
Por Auto de 22 de noviembre de 2013, la jueza -ahora- demandada consideró que el imputado, acorde al informe de antecedentes penales (fs. 35), se evidenció que se benefició con la suspensión condicional de la pena de 5 de abril 2003; además, de tener Sentencias condenatorias de 29 de marzo de 2003, 8 de febrero de 2007, 1 de septiembre de 2011 y 29 de mayo de 2012, por lo que al no cumplir lo determinado en el art. 368 del CPP, resolvió rechazar el proceso antes mencionado; disponiendo que se proceda con la acusación en el plazo de cinco días.