Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0051/2014-CA
Fecha: 13-Feb-2014
RECHAZAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 27.II inc. c) del Código Procesal Constitucional, dispone: RECHAZAR el recurso directo de nulidad interpuesto por Richard Juan Sánchez Figueredo representante legal de la “Peña Discoteca Gigante Kurmi”, demandando la nulidad de las Resolución Administrativa Macrodistrital 027/2013 de 6 de febrero y Resolución Macrodistrital 038/13 de 4 de marzo de 2013, dictadas por Ramiro Martín Burgos Siñani, Sub Alcalde del Macro Distrito VII Centro del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, cursantes de fs. 10 a 17
- recurso directo de nulidad
- I.1. Síntesis de la demanda
- I.2. Argumentos jurídicos del recurso
- I.4. Trámite Procesal
- II.1. Naturaleza jurídica del recurso directo de nulidad y su procedencia
- c) Cuando carezca en absoluto de fundamentos jurídico constitucionales que justifiquen una decisión de fondo
- Fragmento 7
- II.2. Sobre el carácter residual del recurso directo de nulidad
- Fragmento 9
- II.3. Análisis del caso concreto
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