Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0061/2014-CA
Fecha: 20-Feb-2014
I.3. Trámite procesal
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, mediante AC 0511/2013-CA de 20 de diciembre (fs. 573 a 575), solicitó se subsane el requisito formal referido a la acreditación de la autoridad consultante, Félix Bolivar Ventura, como Presidente de la Brigada Parlamentaria del departamento de Tarija; por consiguiente, el solicitante debía acompañar fotocopia del Acta que demuestre haber sido elegido en ese cargo (fs. 586 a 589), habiéndose cumplido lo exigido por el art. 74 del CPCo, por escrito de 30 de enero de 2014 (fs. 590 y vta.).
- acción de inconstitucionalidad abstracta
- I.1. Argumentos jurídicos de la acción
- Las leyes municipales que declaren la propiedad municipal constituyen título suficiente para acreditar el pleno derecho y titularidad de los Gobiernos Autónomos Municipales, siempre que no afecten derecho de particulares, debiendo adjudicarse el trámite de registro del plano de ubicación exacta y límites
- I.2. Petitorio
- I.3. Trámite procesal
- II.1. Naturaleza jurídica de la acción de inconstitucionalidad abstracta
- II.2. Revisión de los requisitos de la acción de inconstitucionalidad abstracta
- RECHAZAR