DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0007/2014
Fecha: 12-Feb-2014
III.1. El control previo de constitucionalidad de las normas básicas institucionales de las Entidades Territoriales Autónomas
El proceso de elaboración y puesta en vigencia de los estatutos y cartas orgánicas es altamente complejo, esto en razón a su naturaleza intrínseca y su finalidad, aspecto que le otorga una naturaleza política y jurídica especial, distinta del resto de la normativa nacional clasificada en el art. 410.II de la CPE. Por ello, el constituyente en el proceso de elaboración y aprobación de las normas institucionales básicas de las Entidades Territoriales Autónomas (ETA’s) ha encargado al Tribunal Constitucional Plurinacional el control previo de constitucionalidad (art. 275 CPE), entendido como un mecanismo que permite dar coherencia al ordenamiento jurídico que implica “…confrontar el contenido de dichos instrumentos normativos con la Constitución Política del Estado y garantizar la supremacía constitucional”, tal como establece el art. 116 del Código Procesal Constitucional (CPCo.).
En este sentido, el art. 53.II de la LMAD, establece que: “El órgano deliberativo correspondiente remitirá el proyecto de estatuto al Tribunal Constitucional Plurinacional, que deberá pronunciarse sobre su constitucionalidad. En caso de que existan observaciones, el Tribunal Constitucional Plurinacional lo devolverá
Del análisis efectuado en líneas precedentes, se desprende que el control previo de constitucionalidad de las normas institucionales básicas de las ETA’s puede extenderse en el tiempo, debiendo ser devuelto a sus autores el número de veces que sea necesario para su modificación hasta lograr su finalidad, que no es otra que la de lograr una adecuación efectiva de este tipo de normas institucionales básicas al texto de la Constitución Política del Estado, garantizando su supremacía.
- control previo de constitucionalidad al proyecto de
- I.1. Contenido de la consulta
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- a)
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El control previo de constitucionalidad de las normas básicas institucionales de las Entidades Territoriales Autónomas
- 1)
- i)
- Examen de constitucionalidad
- Texto original: