Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0008/2014
Fecha: 25-Feb-2014
II.3.
II.3. El 16 de enero de 2010, en dependencias de la Dirección Departamental del MAS-IPSP, con la concurrencia de las autoridades departamentales de dicho partido, Federación Departamental de Mujeres Campesinas Ordinarias-Bartolina Sisa (FDMCOO-BS) de Oruro, la FESORC y la Dirección Regional de Caracollo se realizó la reunión sobre los candidatos a Alcalde y Concejales de la población de Caracollo, llegando a la conformación final de los candidatos. Asimismo, dichos candidatos suscriben un compromiso que los titulares trabajen tres años y luego los suplentes asumirían por los dos años siguientes (fs. 6 a 7).
- I.1. Contenido de la consulta
- I.3. Trámite en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS
- III.1. De la jurisdicción indígena originaria campesina
- Fragmento 8
- III.2. Naturaleza jurídica, alcance y finalidad de la consulta
- III.3. Sobre la autoridad legitimada para la interposición de la consulta ante el Tribunal Constitucional Plurinacional
- 4.
- III.5. Examen de constitucionalidad