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    AUTO CONSTITUCIONAL 0061/2014-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0061/2014-RCA

    Fecha: 10-Mar-2014

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    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
    • I.2.
    • I.3. Petitorio
    • improcedencia
    • II.1.  Marco normativo constitucional y legal
    • es un mecanismo subsidiario, porque únicamente puede instaurarse cuando el lesionado no tiene otro medio de defensa; por lo tanto, cuando hay otros recursos expeditos, éstos deben ser utilizados primero y sólo se concederá el Amparo Constitucional cuando aquéllos resultaren ineficaces para la defensa de los derechos, o cuando se lo conceda como protección inmediata para evitar un daño irreparable
    • II.3.  Análisis de la Resolución elevada en revisión
    • CONFIRMAR

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