AUTO CONSTITUCIONAL 0100/2014-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0100/2014-CA

Fecha: 10-Mar-2014

II.3.                                                                               Análisis de la Resolución elevada en revisión

De la revisión de obrados, se constató que los accionantes, dentro de un proceso administrativo de infracción a los derechos de propiedad industrial instaurado en su contra, presentaron esta acción demandando la inconstitucionalidad del art. “73 del Reglamento de Procedimiento Interno del SENAPI” (fs. 12 a 19 vta.), señalando que consideran que la normativa impugnada infringe a sus derechos a la defensa, a la igualdad de las partes y al debido proceso.

Se evidenció que dicha acción carece de fundamentación jurídico constitucional de manera que no se apreció la duda razonable en torno a la constitucionalidad del precepto legal impugnado; asimismo, no expresó con claridad la relevancia que tendrá el precepto legal impugnado en la decisión que podría asumir la autoridad consultante; es decir, en qué medida el fallo a dictarse dependerá de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la norma cuestionada, configurándose así una de las causales de rechazo previstas por el      art. 27.II inc. c) del CPCo.