Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 030/2014-CA-S
Fecha: 18-Mar-2014
1º ACEPTAR
1º ACEPTAR el desistimiento formulado por la accionante, Goldy Gimena Olmos Gumiel, dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta contraMarcos Erwin Mariscal Sachse, Presidente; Ariel Romero Ferrufino y Claudia Durandal Caballero, miembros representantes de los trabajadores; y, Ximena Peredo Linares, Secretaria, todos de la Comisión Mixta del Banco Los Andes Procredit S.A.
- desistimiento
- I.1. De la acción de amparo constitucional
- respecto a la libertad de ejercicio de los derechos de quien demanda
- antes de que se resuelva la acción de tutela presentada, desiste de la misma por cualesquier motivo
- una renuncia o abdicación expresa del demandante o accionante a las pretensiones jurídicas planteadas en la demanda y los derechos perseguidos en ella
- antes del pronunciamiento de la respectiva sentencia constitucional, y no existan razones de orden público o relevancia nacional
- correspondiendo aceptar el desistimiento de impugnación de la presente acción y disponer el archivo de obrados.
- 1º ACEPTAR