II.2.1. Sobre la subsidiariedad en el presente caso, respecto al reclamo de la omisión por parte de las autoridades ordinarias en su tarea de que el proceso sea llevado sin vicios de nulidad
Respecto a la primera denuncia del accionante, de la revisión de los antecedentes del proceso, en parte alguna consta que el accionante haya realizado la denuncia de esta presunta irregularidad en ninguna de las etapas del proceso a las autoridades demandadas, es decir, no cursa ningún memorial que contenga en su texto dicha denuncia o que plantee la nulidad de obrados por tal causa; el contenido de sus memoriales, tanto de la apelación como de su posterior recurso de casación, se refiere a temas de fondo de lo demandado en el proceso laboral que se le siguió, como ser la no procedencia de los reclamos de la parte demandante y la valoración de diversos elementos probatorios, sin que se haga mención alguna a la nulidad de la notificación del 19 de junio, o exista un reclamo sobre la preclusión del proceso que reclama dentro de la presente acción tutelar.
De lo anteriormente detallado, se concluye que el accionante nunca activó ni agotó recurso o medio alguno sobre lo reclamado en la presente acción de amparo constitucional, ni hizo conocer en momento alguno a las autoridades demandadas la posible transgresión a sus derechos fundamentales, respecto a las notificaciones realizadas el 19 y 29 de junio de 2012, por lo que en este caso el TCP no puede realizar un análisis de fondo de lo solicitado. En mérito a que no se cumplió con un requisito previo ineludible característico de la acción de amparo constitucional, respecto al agotamiento previo de las vías ordinarias antes de recurrir a la vía tutelar constitucional, lo que implica que al no cumplirse con esta condición la jurisdicción constitucional está impedida de poder analizar el fondo del problema planteado, por lo que este no puede actuar de oficio ante la desidia de la parte accionante, por lo que se deniega la tutela solicitada.
- Partes: Juan Carlos Méndez Dehne
- I. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA SCP 0517/2014
- II.1. Sobre la motivación y fundamentación de las resoluciones judiciales y la valoración de la prueba
- II.2. Análisis del caso concreto
- II.2.1. Sobre la subsidiariedad en el presente caso, respecto al reclamo de la omisión por parte de las autoridades ordinarias en su tarea de que el proceso sea llevado sin vicios de nulidad
- II.2.2. Sobre el presunto error en la interpretación de la ley y la no valoración de la prueba por parte de los Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia
