SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0538/2014
Fecha: 10-Mar-2014
Fragmento 11
De acuerdo a los antecedentes cursantes en obrados, se constata que por memorial de 3 de septiembre de 2013, el accionante solicitó audiencia de cesación a la detención preventiva, y mediante decreto de 4 del mismo mes y año, se señaló dicha audiencia para el 18 de igual mes y año; sin embargo, ese mismo día la parte querellante recusó a la autoridad ahora demandada, quien dictó la Resolución 461/2013 de 19 de septiembre, por la cual rechazó y no se allanó a la recusación; sin embargo, dicha Resolución no fue notificada al accionante y tampoco se siguió el trámite previsto en el Código de Procedimiento Penal; situación que, inclusive, fue reconocida por la propia autoridad demandada en el informe cursante a fs. 8 y vta.