Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0085/2014-RCA
Fecha: 09-Abr-2014
Fragmento 1
En revisión la Resolución 17/2014 de 7 de marzo, cursante a fs. 19 y vta., pronunciada dentro de la acción popular interpuesta por Sebastián Koragua Zárate, Ángel Peralta Zeballos y Samuel Flores Cruz en representación del “pueblo indígena” de Quila Quila contra Juanito Félix Tapia García, Director Nacional a.i. del Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA); José Torres Cossio, Director Departamental a.i.; Ernesto Rengel Valda, Profesional Jurídico Encargado de Control de Calidad; y, Mirtha Bozo Quisbert, Profesional Jurídico, todos de la Dirección Departamental de Chuquisaca del INRA.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- Fragmento 4
- por no presentada
- II.1.
- cualquier persona, a título individual o en representación de una colectividad
- Toda persona natural o jurídica, por sí o en representación de una colectividad, que considere violados o amenazados derechos o intereses colectivos
- II.2.