SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0684/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0684/2014

Fecha: 10-Abr-2014

Bajo este paraguas jurisprudencial, el Tribunal Constitucional Plurinacional asume el desafío de destrozar las prácticas formalistas que reproducen el sistema colonial, bajo un mandato fundamental del constituyente a partir de la norma jurídica directamente aplicable como es la Constitución, siempre en busca de la eficacia de los derechos y garantías constitucional; así, encontramos el reflejo de la efectividad de su función traducida en: “velar por la supremacía de la Constitución, ejercer el control de constitucionalidad y precautelar el respeto y la vigencia de los derechos y garantías constitucionales”; en consonancia con ello, el razonamiento de las autoridades que imparten justicia debe partir de la Constitución, pues estos se constituyen en los garantes primarios de la misma y de los derechos fundamentales y garantías constitucionales, claro está, su tarea interpretativa y sus decisiones deben obedecer, a una efectiva “ponderación” en cada caso concreto.

Bajo este paraguas jurisprudencial, el Tribunal Constitucional Plurinacional asume el desafío de destrozar las prácticas formalistas que reproducen el sistema colonial, bajo un mandato fundamental del constituyente a partir de la norma jurídica directamente aplicable como es la Constitución, siempre en busca de la eficacia de los derechos y garantías constitucional; así, encontramos el reflejo de la efectividad de su función traducida en: “velar por la supremacía de la Constitución, ejercer el control de constitucionalidad y precautelar el respeto y la vigencia de los derechos y garantías constitucionales”; en consonancia con ello, el razonamiento de las autoridades que imparten justicia debe partir de la Constitución, pues estos se constituyen en los garantes primarios de la misma y de los derechos fundamentales y garantías constitucionales, claro está, su tarea interpretativa y sus decisiones deben obedecer, a una efectiva “ponderación” en cada caso concreto.