SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0684/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0684/2014

Fecha: 10-Abr-2014

denegó

La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, constituido en Tribunal de garantías Mediante Resolución 12/2013 de 25 de octubre, cursante de fs. 117 a 119, denegó la tutela solicitada, en base a los siguientes fundamentos: 1) El primer poder por el cual el abogado tramitó asistencia familiar carecía de atribuciones para conciliar y se realizó la conciliación en base al primer poder, por lo que el acuerdo transaccional se encuentra limitado en su validez, circunstancia razonablemente observada por la juzgadora; 2) Con relación al segundo poder, con cuya presentación se alega la subsanación de la observación del primer poder, no reúne las formas de validez legal en cuanto a su otorgación ya que se trata de un documento público y este debe ser extendido con todas las formalidades legales que prescribe la ley notarial; y, 3) El documento conciliatorio fue labrado en base al primer poder sin atribución de conciliar y no fue suscrito en base al segundo poder complementario.