Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0687/2014
Fecha: 10-Abr-2014
denegó
La Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituido en Tribunal de garantías, por Resolución 65/2013 de 24 de octubre, cursante de fs. 39 a 45, denegó la tutela solicitada, con el fundamento que, conforme al principio de subsidiariedad, respecto de la afirmación del non bis ídem, el accionante pudo interponer excepciones e incidentes y de no ser oído por la autoridad judicial, tenía a su alcance el recurso de apelación y al no acudir ante el Juez de control jurisdiccional de la causa, no se agotó la vía correspondiente.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad. Reiteración de línea jurisprudencial desarrollada por las SSCC 0160/2005-R, 0181/2005-R, 0008/2010-R y 0080/2010-R referida a la excepcional subsidiariedad de la acción de libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR