SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0741/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0741/2014

Fecha: 15-Abr-2014

concedió

El Juez Sexto de Sentencia Penal del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, pronuncio la Resolución 075/2013 de 1 de noviembre, cursante de fs. 31 a 34, por la cual concedió la tutela solicitada, disponiendo que la autoridad demandada en el término de tres días hábiles señale audiencia de cesación a la detención preventiva, bajo los siguientes fundamentos: 1) Al haber señalado audiencia conclusiva para el 21 de noviembre de 2013, donde se consideraría la solicitud de cesación a la detención preventiva de Leoncio Plata Quisbert -ahora accionante-, la autoridad demandada desconoció la jurisprudencia constitucional que señala que todas las solicitudes donde se encuentre involucrado el derecho a la libertad de las personas, debe ser tramitado con la mayor celeridad posible y tratándose de solicitud de cesación a la detención preventiva, ésta debe ser fijada en el plazo máximo de tres días hábiles, lo contrario conculca el principio de celeridad; y, 2) El informe presentado por la autoridad demanda es insuficiente y no llegó a desvirtuar los fundamentos del accionante, debiendo ésta, dar cumplimiento a la jurisprudencia constitucional que por mandato del art. 203 de la CPE tiene carácter vinculante.