SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0751/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0751/2014

Fecha: 15-Abr-2014

III.1.  Naturaleza jurídica del recurso directo de nulidad y su procedencia

En este entendido la Ley Fundamental, ha establecido como una de las atribuciones del Tribunal Constitucional Plurinacional, el conocer y resolver los recursos directos de nulidad, así el art. 202.12 de la CPE, señala: “ Son atribuciones del Tribunal Constitucional Plurinacional, además de las establecidas en la Constitución y la ley, conocer y resolver: (…) 12. Los recursos directos de nulidad”.