Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0810/2014
Fecha: 30-Abr-2014
III.3. Análisis del caso concreto
Ahora bien, analizada la problemática venida en revisión ante este Tribunal, se evidencia que la accionante antes de acudir a este medio de defensa, no utilizó el mecanismo de defensa previsto por el propio ordenamiento jurídico para impugnar la supuesta vulneración de sus derechos, cual es el recurso de reconsideración ante el Concejo Municipal que emitió la ahora impugnada Resolución Municipal 010/2013 de 22 de junio, reclamando a través de ese mecanismo procesal administrativo las supuestas irregularidades ahora reclamadas.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- a)
- I.2.4. Intervención del Ministerio de Autonomías
- “improcedente”
- II.3.
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- III.2. Recurso de reconsideración como medio de impugnación de actos del Concejo Municipal
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR