Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0828/2014
Fecha: 30-Abr-2014
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
La parte accionante ratificó el contenido de su demanda y añadió que el arraigo únicamente procede ante la supuesta comisión de un delito; resaltando que no cuenta con antecedentes penales. Menciona; además, que la jurisprudencia constitucional ha precisado que ante la existencia de obligaciones patrimoniales no es posible aplicar medidas restrictivas a la libertad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. La aplicación directa de la Constitución
- Fragmento 10
- III.3. Prohibición de restringir libertad personal por obligaciones patrimoniales
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR