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    AUTO CONSTITUCIONAL 0131/2014-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0131/2014-RCA

    Fecha: 09-May-2014

    b)

    b)      El laudo arbitral no podía emitirse dentro del plazo de los ciento ochenta días, en contravención a lo previsto en el art. 55 de la Ley de Arbitraje y Conciliación (LAC). Agrega que, el legislador ha previsto en situaciones análogas la posibilidad de declarar la conclusión extraordinaria del proceso.

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
    • a)
    • b)
    • d)
    • e)
    • I.3. Petitorio
    • Fragmento 8
    • Fragmento 9
    • II.1.  Marco normativo constitucional y legal
    • II.2.  Causales de improcedencia de la acción de amparo constitucional
    • II.3.  Análisis del caso concreto
    • Fragmento 13
    • CONFIRMAR

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