AUTO CONSTITUCIONAL 0164/2014-CA
Fecha: 30-May-2014
Sala Disciplinaria del Consejo de la Magistratura
En consulta la Resolución 169/2014 de 30 de abril, cursante de fs. 22 a 23 vta., pronunciada por la Sala Disciplinaria del Consejo de la Magistratura por la que rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta, interpuesta por Mabel Enriqueta Velásquez Miranda, Secretaria del Juzgado Segundo de Instrucción Penal del departamento de Cochabamba, demandando la inconstitucionalidad del art. 33.I del Reglamento de Procesos Disciplinarios para la Jurisdicción Ordinaria y Agroambiental, aprobado mediante Acuerdo 75/2013 de 23 de abril, por ser presuntamente contrario a los arts. 178.I y 180.I de la Constitución Política del Estado (CPE), y 8.1) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
- Sala Disciplinaria del Consejo de la Magistratura
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- II.1. Norma impugnada y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- c) Cuando carezca en absoluto de fundamentos jurídico constitucionales que justifiquen una decisión de fondo”
- II.3. Análisis del caso concreto
- también es imprescindible que se exprese y justifique en qué medida la decisión que debe adoptar el Juez o Tribunal depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal impugnada”
- RATIFICAR