AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0020/2014-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0020/2014-O

Fecha: 23-May-2014

I.1. Contenido de la denuncia de incumplimiento de la SCP 2074/2010-R

Por memorial presentado el 26 de marzo de 2013, cursante de fs. 336 a 343 vta., Mario Aníbal Clavijo Tejada, denunció la resistencia al cumplimiento de la SC 2074/2010-R de 10 de noviembre, solicitando que los antecedentes sean remitidos al Ministerio Público para la apertura del proceso penal, en base a los siguientes hechos:

Refiere que el Fiscal Departamental de Oruro, Gonzalo Martínez Guzmán, no sólo se resiste al cumplimiento del fallo constitucional, sino que, favoreció a la impunidad, al haber extraviado toda la prueba documental en originales y fotocopias que se entregó en su despacho, situación que fue denunciada al Tribunal de garantías; es decir, a la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, quienes sin considerar la gravedad de lo denunciado, solicitaron que adecue su petitorio al ordenamiento legal.

Agrega que, el entonces Tribunal Constitucional a través de la SC 2074/2010-R de 10 de noviembre, concedió la tutela solicitada respecto a los actos y omisiones ilegales e indebidas del entonces Fiscal de Distrito y el Juez Cautelar, dejando sin efecto el requerimiento conclusivo de 2 de febrero de 2006 y la providencia de 24 de marzo del mismo año.

En base a la tutela solicitada, se apersonó ante el mencionado Fiscal de Departamental, solicitando la ejecución de la Sentencia Constitucional, además, del desglose de toda la prueba documental en originales y copias legalizadas que se entregó en Secretaría del Ministerio Público; empero, por requerimiento fiscal de 19 de junio de 2012, se refirió que con carácter previo se adecue el petitorio, debiendo acudir al titular de la investigación. Posterior a ello, el 30 de julio de 2012, se presentó otro memorial recordando a dicha autoridad fiscal la entrega de la referida documentación, que también fue requerido con no ha lugar a lo impetrado.

Posteriormente, el 4 de agosto de 2012, se solicitó al Fiscal Departamental la designación de un Fiscal titular para el desarchivo del cuaderno de investigaciones y recuperar las pruebas entregadas, desasignándose al Fiscal de Materia Willy Gómez Quiroz, quien elevó un informe al superior, señalando que el cuaderno de investigaciones no se encontraba en su despacho fiscal. El 27 de agosto de 2012, el Fiscal Departamental, solicito a los demás Fiscales de materia, informen la investigación aludida, quienes refirieron que no tienen información sobre ese cuaderno de investigaciones.