SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0866/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0866/2014

Fecha: 08-May-2014

III.3.  El vivir bien

El art. 8.I de la CPE, establece que el Estado, asume y promueve como principios ético morales de la sociedad plural: ama qhilla, ama llulla, ama suwa (no seas flojo, no seas mentiroso ni seas ladrón), suma qamaña (vivir bien), ñandereko (vida armoniosa), teko kavi (vida buena), ivi maraei (tierra sin mal) y qhapaj ñan (camino o vida noble). El parágrafo II del mismo artículo, expresa que el Estado se sustenta en los valores de unidad, igualdad, inclusión, dignidad, libertad, solidaridad, reciprocidad, respeto, complementariedad, transparencia, armonía, equilibrio, igualdad de oportunidades, equidad social y de género en la participación, bienestar común, responsabilidad, justicia social, distribución y redistribución de los productos y bienes sociales, para vivir bien. En ese sentido, “la vida en plenitud, implica primero saber vivir y luego convivir en armonía y en equilibrio; en armonía con los ciclos de la Madre Tierra, del cosmos, de la vida y de la historia y en equilibrio con toda forma de existencia sin la relación jerárquica, comprendido que todo es importante para la vida” (CONAMAQ, Plan Estratégico).

Conforme a ello, el vivir bien, está concebido como principio, pero también como fundamento último de los valores; lo que supone, entonces, que la parte axiológica y principista de la Norma Suprema, está orientada dentro de la pluralidad que caracteriza al Estado, buscando como fin una verdadera justicia, imparcial, transparente y equitativa, orientada a la búsqueda de un vivir bien, respetando los derechos fundamentales de todos los habitantes del Estado Plurinacional y las normas constitucionales.