Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0885/2014
Fecha: 12-May-2014
a)
La accionante a través de su abogado ratificó el contenido de la acción interpuesta y ampliándola, señaló que: a) Rossemary Aranibar Cuellar, viene a ser la única propietaria de los predios en cuestión, conforme se tiene de la documental adjunta; y, b) De acuerdo a las últimas líneas jurisprudenciales del Tribunal Constitucional Plurinacional, de manera taxativa se estableció que procede la tutela contra avasallamientos que lesionan el derecho a la propiedad privada por ser un derecho garantizado por el Estado.