SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0919/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0919/2014

Fecha: 15-May-2014

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Inició un proceso sumario de conocimiento sobre nulidad de contrato contra Lidia Gareca, Ana Rosa Gareca y Ricardo Cabezas Gutiérrez, que fue declarado improbado por el Juez de primera instancia, bajo el argumento que la “falta de consentimiento no es una causal de nulidad, sino de anulabilidad”, respecto a suplantación y falsedad de los contratos por ilícito de causa y ausencia del consentimiento y tutela del derecho de propiedad que atenta a la garantía de legalidad, verdad material y protección efectiva” alegada en el proceso. Esta Resolución fue confirmada por el Auto de Vista de 27 de julio de 2011, emitido por el Juez Primero de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Tarija,  contra el cual, interpuso recurso de casación, que fue declarado infundado por Auto 02/2013 de 17 de abril, emitido por los Vocales hoy demandados, dando por válida la interpretación efectuada por los Jueces de primera y segunda instancia, siendo “totalmente antijurídico, fundamentar el fallo, sobre un documento en el cual fue probado y demostrado la suplantación y falsificación  de firmas (…) ello implica una falta de apreciación material y objetiva…” (sic).