Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0139/2014-RCA
Fecha: 04-Jun-2014
CONFIRMAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 30.III del Código Procesal Constitucional, en revisión resuelve: CONFIRMAR la Resolución de 11 de abril de 2014, cursante de fs. 281 a 282, pronunciada por el Juez Tercero de Partido y Sentencia de Montero del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías.
- Fragmento 1
- Fragmento 2
- improcedencia “in limine”
- Fragmento 4
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata
- en el plazo máximo de seis meses, computable a partir de la comisión de la vulneración alegada
- II.2. Hechos controvertidos y las medidas de hecho
- Fragmento 8
- II.3.
- CONFIRMAR