Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0148/2014-RCA
Fecha: 16-Jun-2014
I.3. Petitorio
Solicita se “declare procedente” la acción tutelar, ordenándose la revocatoria de los actos demandados y nulidad de obrados hasta el estado de citarse con todas las formalidades de ley con copias auténticas y/o fotocopias legalizadas de la ampliación de querella por los delitos de resoluciones contrarias a la Constitución y las leyes.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- I.2.
- I.3. Petitorio
- improcedencia “in limine”
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata
- y sólo se concederá el Amparo Constitucional cuando aquéllos resultaren ineficaces para la defensa de los derechos, o cuando se lo conceda como protección inmediata para evitar un daño irreparable´.
- II.3. Análisis de la Resolución elevada en revisión
- II.4. Cumplimiento de los requisitos de admisión