Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0153/2014-RCA
Fecha: 24-Jun-2014
I.5. Trámite Procesal en la Comisión de Admisión
Se deja establecido que este Tribunal ante la controversia de competencia suscitada entre la Sala Social y Administrativa Segunda y Sala Social y Administrativa Primera, ambas del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, pronunció AC 003/2014-CA-S de 3 de febrero (fs. 114 a 117), resolviendo con los fundamentos contenidos en dicha Resolución, remitir antecedentes ante la Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías a efectos que resuelva la causa.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- I.3. Petitorio
- improcedencia
- I.5. Trámite Procesal en la Comisión de Admisión
- Fragmento 6
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata
- en el plazo máximo de seis meses, computable a partir de la comisión de la vulneración alegada
- 2) las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa
- II.3.
- CONFIRMAR