Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0194/2014-CA
Fecha: 25-Jun-2014
I.1. Síntesis de la solicitud de la parte
Por memorial presentado el 3 de junio de 2014, cursante de fs. 95 a 98 vta., la Corporación accionante a través de su representante, refiere que dentro de la demanda contenciosa tributaria seguida contra la Resolución Determinativa AN-GRLPZ-LAPLI 91/2011 de 7 de diciembre, emitida por la Gerencia Regional La Paz de la Aduana Nacional.
Finalmente, respecto a relevancia que tendrá la norma impugnada en la decisión del proceso, refiere que la declaratoria de inconstitucionalidad de la misma, excluirá la condición de que tenga que proceder al pago de la obligación tributaria antes de incoar la acción, permitiendo que el juzgador admita su demanda.
- Juez Tercero de Partido Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario del departamento de La Paz
- I.1. Síntesis de la solicitud de la parte
- Fragmento 3
- I.2. Respuesta a la solicitud
- rechazó
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- de oficio o a instancia de una de las partes, entienda que la resolución del proceso judicial o administrativo, depende de la constitucionalidad
- II.3. Análisis del cumplimiento de requisitos de admisión en el caso concreto
- RATIFICAR