Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0195/2014-CA
Fecha: 25-Jun-2014
I.4. Trámite procesal
Por AC 0050/2014-CA de 13 de febrero de 2014 (fs. 57 a 62), se ordenó la devolución del expediente a la autoridad administrativa consultante, para que regularice el procedimiento y dicte una nueva resolución debidamente fundamentada; por lo cual, mediante nota CITE: OF. SSD-CM 346/2014 presentada el 27 de mayo del mismo año (fs. 68), remitiéndose nuevamente el expediente en consulta, adjuntando la Resolución de 21 de marzo de igual año, emitiéndose Resolución dentro de plazo.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- I.4. Trámite procesal
- II.1. Normas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- que procederá en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales
- II.3. Análisis del caso concreto
- también es imprescindible que se exprese y justifique en qué medida la decisión que debe adoptar el Juez o Tribunal depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal impugnada
- RATIFICAR