SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1133/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1133/2014

Fecha: 10-Jun-2014

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

El accionante a través de su abogado, ratificó y amplió los fundamentos expuestos en su demanda, señalando que fue designado por medio de un memorándum como encargado de una volqueta, por lo que es un funcionario que no está sujeto a un contrato a plazo fijo o contrato eventual; refiere que, prestó sus servicios hasta la primera semana del mes de mayo de 2013, sin embargo le cancelaron hasta el mes de febrero; empero, en el mes de mayo le indicaron verbalmente que dejaba de trabajar porque ya no era funcionario de la entidad al no existir presupuesto, sin entregarle ningún memorándum; por ese motivo, se apersonó ante la oficina del Ministerio de Trabajo para hacer conocer el despido intempestivo que había sufrido, entidad que fijó audiencia a la que no asistió la parte demandada, aceptando tácitamente todo lo demandado según establece el Decreto Supremo (DS) 0495, teniendo la vía ordinaria laboral para presentar las pruebas correspondientes para demostrar que trabajó hasta el mes de enero; sin embargo, consta en el formulario de la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP), que la Gobernación del departamento de Beni pagó los aportes del mes de febrero; por todo ello, reiteró su solicitud de declarar probada su demanda.