SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1172/2014
Fecha: 10-Jun-2014
II.2.
II.2. Por Vista de Cargo DR/UF/08/2013 de 15 de marzo de 2013, la Dirección de Recaudaciones y Políticas Tributarias del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto comunica a Fortino Jaime Agramont Botello que se realizará una fiscalización, abriéndose para el efecto periodo probatorio de 30 días, computables a partir de la notificación con esa determinación (fs. 67 a 71); concluido el referido periodo se pronunció la Resolución Determinativa 031/2013 de 22 de abril, mediante la cual, la Dirección referida determina el adeudo tributario del hoy accionante y la respectiva multa por su incumplimiento que asciende al monto de Bs666 903,86 (seiscientos sesenta y seis mil novecientos tres 86/100 bolivianos), advirtiendo que tiene la posibilidad de interponer el recurso previsto por el art. 143 del CTB (fs. 72 a 76).