SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1186/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1186/2014

Fecha: 10-Jun-2014

concedió

El Juez de Partido Mixto en lo Civil y Familiar de Riberalta del departamento de Beni, constituido en Juez de garantías, mediante la Resolución 11/2013 de 4 de noviembre, cursante de fs. 22 a 24, concedió la tutela solicitada, disponiendo se responda a los memoriales de 21 de octubre de 2013 “(de solicitud de pronunciamiento) y (de certificación)” (sic), en el plazo de tres días, bajo los siguientes fundamentos: i) Las solicitudes efectuadas por el accionante deberían haber sido respondidas con la celeridad que amerita, conforme los arts. 24 y 128 de la CPE, 5.7 de la Ley Orgánica del Ministerio Público (LOMP); y, las “SSCC 369/01-R de 24 de abril de 2001 y 0426/02- R de 15 de abril de 2002”, mismas que establecen que el Tribunal de amparo debe obedecer a la certidumbre sobre si fue violado o está amenazado un derecho fundamental; y, ii) Debe tomarse en cuenta las “SSCC 1805/2004-R, 1673/2004-R, 1406/2004-R y 926/2004”, que determinan como requisitos de contenido para la acción de amparo constitucional el precisar e identificar claramente los derechos fundamentales que considere restringidos, suprimidos y amenazados a causa de los actos denunciados; y, la “SCP 0180/2013 de 27 de febrero”, que hace mención al debido proceso consagrado en la norma constitucional como parte esencial de la sustanciación de procesos dentro la jurisdicción ordinaria y administrativa.