SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1186/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1186/2014

Fecha: 10-Jun-2014

Fragmento 11

          La Constitución Política del Estado a través del art. 128, señala que: “La Acción de Amparo Constitucional tendrá lugar contra actos u omisiones ilegales o indebidos de los servidores públicos, o de persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la Constitución y la ley”.