SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1313/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1313/2014

Fecha: 30-Jun-2014

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

El accionante a través de su defensa técnica, ratificó los fundamentos expuestos en su demanda, añadiendo que la Jefatura del Trabajo consideró que su despido era injustificado, porque no estaba de acuerdo a lo establecido en el art. 16 de la LGT, por ello emitió la conminatoria de reincorporación; asimismo, se está siguiendo un proceso administrativo en la judicatura laboral por infracción a leyes sociales, porque se vulneró el fuero sindical; por otra parte, de acuerdo al art. 150 del Decreto Reglamentario de la Ley General del Trabajo, ningún obrero podrá ser despedido cuando exista y esté en trámite un conflicto laboral; en este caso, hay una demanda de laudo arbitral que está en plena sustanciación. La parte demandada señala que no asistió a su fuente laborar de manera injustificada por dos días; sin embargo, pertenece al sindicato, es dirigente sindical y estaba declarado en comisión, extremo acreditado por el Ministerio de Trabajo, a través de la RA 011/2013; por ello, su despido fue totalmente ilegal, reiterando su solicitud de que se conceda la tutela demandada.