Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0178/2014-RCA
Fecha: 08-Jul-2014
I.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
defensa, a impugnar y a ser oídos, y los principios a la legalidad y la seguridad jurídica, citando al efecto los arts. 109, 110, 115.I.II, 116.I, 119.I y II, 120.I, 178 y 180 de la Constitución Política del Estado (CPE); el Pacto de San José de Costa Rica y Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- I.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.3. Petitorio
- improcedencia “in limine”
- Fragmento 5
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata
- procederá cuando exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos
- 2) las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa
- II.3.
- CONFIRMAR