AUTO CONSTITUCIONAL 0178/2014-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0178/2014-RCA

Fecha: 08-Jul-2014

procederá cuando exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos

En ese contexto, antes de ingresar al análisis de los requisitos             de admisibilidad contenidos en el art. 33 del CPCo, el juez o tribunal de garantías, deberá verificar el cumplimiento de las condiciones              de improcedencia contemplados en los arts. 53, 54, así como el 55 del citado Código.