Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0180/2014-RCA
Fecha: 08-Jul-2014
Fragmento 1
En revisión la Resolución de 4 de junio de 2014, cursante a fs. 71 y vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Magali Daria Carrasco García contra María Lourdes Bustamante Ramírez y William Alave Laura, Magistrados de la Sala Penal Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia; Wilfredo Patiño Soria y Mirtha Gaby Meneses Gómez, Vocales de las Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.3. Petitorio
- improcedente
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata
- y sólo se concederá el Amparo Constitucional cuando aquéllos resultaren ineficaces para la defensa de los derechos, o cuando se lo conceda como protección inmediata para evitar un daño irreparable.
- II.3. Análisis de la Resolución elevada en revisión
- II.4. Cumplimiento de los requisitos de admisión