AUTO CONSTITUCIONAL 0180/2014-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0180/2014-RCA

Fecha: 08-Jul-2014

I.1. Síntesis de los hechos que la motivan

Por memorial presentado el 4 de junio de 2014, cursante de fs. 66 a 70 vta., la accionante manifestó que el 22 de septiembre de 2008, el Tribunal Tercero de Sentencia del departamento de Cochabamba, dictó Sentencia en su contra, condenándola por el delito de falsificación de documento privado y uso de instrumento falsificado y absolviéndola por los delitos de falsedad material e ideológica, fallo que fue apelado por el Ministerio Público y la parte agraviada, emitiéndose el Auto de Vista de 18 de mayo de 2010, el que anuló parcialmente la Sentencia en cuanto a la absolución por la comisión de los delitos de falsedad material e ideológica y sólo con relación a ese aspecto dispone la reposición de juicio por otro tribunal de sentencia, Resolución que en casación fue confirmada por la Sala Penal Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia.

Señaló que, devuelto el proceso a la ciudad de Cochabamba, surgió el inconveniente de que está siendo nuevamente procesada, ahora por los delitos de falsedad material e ideológica; por los que fue absuelta, desconociendo que el proceso penal constituye una unidad indisoluble, siendo una víctima de un nuevo proceso, por hechos que en buena parte ya fueron juzgados, llegando a la situación que por una única acusación existirían dos procesos y dos sentencias con dimensiones y alcances diferentes.