AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0006/2014-RQ
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0006/2014-RQ

Fecha: 31-Jul-2014

II.1. El recurso de queja consagrado en el Código Procesal Constitucional

El art. 27.II del CPCo, instituye el recurso de queja como un mecanismo de impugnación que posibilita la revisión de un auto constitucional emitido por la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, a través del cual se hubiese rechazado una acción, demanda, consulta o recurso por encontrarse dentro de las causales de rechazo establecidas en el propio Código, siendo competente para conocer y resolver el antedicho recurso el Pleno de este Tribunal.

Así, se tiene que el recurso de queja es un mecanismo de impugnación que posibilita la revisión, por la Sala Plena del Tribunal Constitucional Plurinacional, de los autos emitidos por la Comisión de Admisión que hubieren determinado el rechazo de una acción, demanda, consulta o recurso, por haberse advertido el incumplimiento de presupuestos formales de admisión establecidos en el Código Procesal Constitucional.