SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1366/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1366/2014

Fecha: 07-Jul-2014

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

El accionante a través de su defensa técnica, ratificó in extenso los fundamentos expuestos en la acción de libertad, añadiendo que, en vista de que el Juez demandado, ya tenía criterio sobre el presente proceso penal, planteó recusación sobreviniente contra dicha autoridad, quien manifestó que, como se ordenó la detención preventiva del coimputado en la presente causa Venerable Huanca, la misma suerte iban a correr los otros imputados; por esa aseveración, recusó a la mencionada autoridad judicial; sin embargo, cuando su abogado se apersonó al Juzgado, no se había resuelto la recusación interpuesta, y el Juez cautelar, señaló que no se remitió el cuaderno procesal al Juzgado siguiente en número, por falta de notificación; luego, supuestamente el 14 de enero de 2014, el Juez demandado resolvió la recusación, pero no se allanó a la misma, ordenando la envío el 14 de enero al siguiente en número; sin embargo, no se procedió a dicha remisión, ni siquiera se remitió la recusación al Tribunal de alzada para que resuelva, provocando que no se lleve a cabo su audiencia de medidas cautelares, ante el Juzgado siguiente en número, siendo que su Resolución de detención preventiva estaba anulada; por ello, solicitó que se le otorgue la tutela, y que el Juez demandado remita el cuaderno procesal, para que pueda pedir al Juez correspondiente, audiencia de medida cautelar, tomando en cuenta que se encuentra de por medio el derecho a la libertad.