Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1377/2014
Fecha: 07-Jul-2014
II.2.
II.2. A través de memorial de 19 de noviembre de 2013, el accionante reiteró a la autoridad jurisdiccional del Juzgado Tercero de Instrucción en lo Penal Cautelar, la petición de audiencia de cesación a la detención preventiva en base a la SC 0078/2010-R, y que sea fijada en un plazo de tres a cinco días, (fs. 2).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concediendo
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. La acción de libertad como medio de defensa constitucional idóneo ante la dilación indebida que lesiona el derecho a la libertad física
- III.3.Análisis en el caso concreto
- Confirmar en todo