SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1395/2014
Fecha: 07-Jul-2014
II.1.
II.1. Formulario de declaración informativa, de 2 de septiembre de 2013, de Mario Calisaya Mamani, en cuyo contenido señala que las acciones tomadas fueron por una “intervención” a las casetas que estaban abandonadas por más de tres años, llenas de basura, que fue objeto de observación por autoridades del medio ambiente. La denunciante Silvia Mónica Humana de Quenta, caprichosamente habría querido cambiar de rubro; la sección a la que pertenece es de abarrotes, ella quería vender carne, en consideración de la asamblea no fue aprobada; causa por la que le inició un proceso penal por atentado contra la libertad de trabajo, puesta en conocimiento de la asamblea fue expulsada por no cumplir con los estatutos de la asociación; además, esos puestos fueron transferidos a Aurelio Castro Flores y Julia Beltrán Mamani, sin consentimiento del Directorio (fs. 13 y vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- en
- en la etapa preparatoria del proceso penal es el juez cautelar quien debe conocer las supuestas lesiones a derechos y garantías
- antes de existir imputación formal, cometen arbitrariedades relacionadas al derecho a la libertad física o de locomoción, las cuales deben ser denunciadas ante el juez cautelar de turno, si aún no existe aviso del inicio de la investigación, o ante el juez cautelar a cargo de la investigación cuando ya se dio cumplimiento a dicha formalidad
- Dicho fallo fue modulado
- 2. Cuando el fiscal da aviso del inicio de la investigación al Juez cautelar y ante la denuncia de una supuesta ilegal aprehensión, arresto u otra forma de restricción de la libertad personal o física por parte de un Fiscal o de la Policía, el accionante, previo a acudir a la jurisdicción constitucional debe en principio, denunciar todos los actos restrictivos de su libertad personal o física ante la autoridad que ejerce el control jurisdiccional.
- debe señalarse que es posible la presentación directa de la acción de libertad, prescindiendo de la subsidiariedad excepcional,
- el juez de la instrucción dispondrá, de oficio o a petición de parte, la inmediata libertad del detenido…';
- la persona aprehendida
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR